Organizar y planificar una boda en Panamá es relativamente fácil, siempre y cuando se hayan cumplido todas las formalidades legales antes de la ceremonia.
La futura pareja tiene que tener en mente que la unidad del matrimonio comienza con sus efectos legales, desde la celebración y el asentamiento en el Registro Civil de Panamá. Así que, antes del casamiento en la iglesia, la pareja tiene que pasar por todos los trámites de documentos para dar validez al matrimonio civil y verificar que el casamiento quede registrado en los archivos respectivos de la institución.
Si la pareja quiere casarse en Ciudad de Panamá, tiene que ir al tribunal municipal de familia y expresar su deseo de casarse y recibir una planilla de solicitud que tiene que presentarse en el Registro Civil para poder obtener el Certificado de Nacimiento de ambos así como el Certificado de Soltería de cada miembro de la pareja con el objetivo de verificar que no hay impedimento legal para la ceremonia de casamiento.
Una vez que la pareja ha cumplido con los requerimientos de entrega al tribunal de la Documentación Autorizada para el Matrimonio, se fijará la fecha en que se celebrará la boda. Estos documentos tienen que ser presentados dos o tres días antes del casamiento.
La pareja tiene que conocer que existen funcionarios autorizados para ejercer el acto de matrimonio y sólo estos tienen la autorización para celebrar tales actos en Panamá, de acuerdo con lo estipulado por la ley. Los panameños que se han casado en el extranjero pueden validar su casamiento en el Registro Civil de la República de Panamá a través de un abogado con un certificado de matrimonio auténtico o legalizado en el país donde se efectuó éste, además de otros documentos que se soliciten.
Si alguien se opone al matrimonio y presenta pruebas de cualquier impedimento legal o el funcionario autorizado tuviera conocimiento de alguno de ellos, la ceremonia se suspenderá hasta que se haga una declaración legal.
En la celebración del matrimonio se deben tener en cuenta las formalidades siguientes:
Reunidos el funcionario que autoriza el acto, su secretario, la pareja y los testigos, el secretario leerá en voz alta la Sección 1 del Capítulo 4 del presente título sobre los derechos y deberes de la pareja, luego el funcionario preguntará a cada miembro si persisten en su decisión de celebrar la ceremonia de casamiento. Si se efectúa y responden de forma positiva, declarará a la pareja marido y mujer en nombre de la República por ley.
La declaración de la pareja no puede estar sujeta a condiciones o términos. Si las partes adicionan alguna condición o término, el funcionario no procederá a la celebración de la ceremonia de matrimonio. Sin embargo, si el casamiento se efectúo, la condición y los términos no serán válidos.
No obstante, cuando los dos que se casan se someten a régimen económico matrimonial en la participación de los ingresos adquiridos por cada uno, siempre y cuando no pacten capítulos matrimoniales, antes o después del matrimonio. Si uno de los miembros de la pareja desea que sus posesiones continúen como antes del casamiento, puede obtener capítulos matrimoniales, que es un tipo de contrato acordado por las partes ante Notario Público y a través de Escritura Pública que expresará su decisión de acordar un régimen económico matrimonial específico, de acuerdo con el anterior acuerdo.
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